Los negocios de take away en hostelería están en auge, posicionándose cada vez más como una alternativa rentable al restaurante o negocio hostelero más tradicional. Esto se debe al bajo coste que puede suponer su apertura y por el ahorro al no requerir servicio de mesas.
No obstante, como todo negocio hostelero, es imprescindible cumplir con ciertas condiciones para proceder a la apertura de un take away y mantener su correcto funcionamiento, tanto en cuanto a maquinaria y equipamiento como respecto a normativa.
Te explicamos en este artículo cuales son los pasos que debes dar en la apertura de tu establecimiento de comida para llevar, cómo debe ser la instalación de equipamiento y qué requisitos necesitas para montar un take away.
Maquinaria y equipamiento necesario para abrir un take away
Un restaurante o establecimiento de take away donde se elaboran los alimentos in situ exige, por norma general, una cocina Industrial en mayor o menor tamaño; sin embargo también encontramos establecimientos que solo requieren una pequeña zona de preparación. Este es el caso de las panaderías, cuyo equipamiento básico es una zona de obrador.
En cuanto a los requisitos respecto a maquinaria y equipamiento de un take away hostelero, debemos tener en cuenta la instalación de aspectos básicos como:
- Climatización. La temperatura que mantiene el local.
- Ventilación, tanto en cocina como en la zona de atención al público.
- Telecomunicaciones, con una instalación eléctrica segura.
Respecto a la decoración interiorista y mobiliario del local, también podría ser útil incluir estanterías, sillas donde esperar u otros elementos decorativos que enriquezcan la identidad de la marca.
También es frecuente que el local que adquiramos para abrir el take away exija algún tipo de reforma, quizá algo más simple como las instalaciones de fontanería o electricidad, o algo más subido de presupuesto como la propia disposición del espacio.
Revisar estos aspectos y aplicar las reformas necesarias es imprescindible si el local no está acondicionado en cuanto a salubridad, ventilación u otros aspectos que exige su apertura.
¿Qué tipo de licencia necesito para abrir un take away?
Realmente no existe una licencia específica de hostelería para abrir un negocio de take away, dado que el local está pensado exclusivamente para vender comida para llevar.
Recuerda que si vendes la comida ya preparada no hablaríamos rigurosamente de un negocio hostelero de take away, sino que se tratará más bien de una expendeduría o tienda de alimentación, donde el máximo equipamiento que requiere es una de preparación, estanterías y quizá neveras para ciertos productos.
La normativa hostelera de salubridad y seguridad a cumplir en estos negocios de comida ya preparada es distinta, por eso es importante que tengas clara la diferencia entre un take away y un servicio de delivery.
Trámites para abrir un take away
El primer paso, antes incluso de adquirir el local y llevar a cabo cualquier tipo de reforma, es contactar con un técnico instalador que se encargará de realizar una visita del local Así, podrás saber qué tipo de acondicionamiento es necesita el establecimiento para su apertura.
Tras este primer paso, tendrás que contactar con un técnico de obra para que realice un «proyecto de actividad» y asegurarte así de que las reformas que se realicen en el local sean las necesarias para este tipo de actividad comercial.
Normativa y requisitos para abrir un take away en España
Aunque no se exige una normativa específica de hostelería para abrir un negocio de comida para llevar, sí es imprescindible cumplir con ciertas condiciones sociosanitarias, como ocurre en cualquier otro negocio de atención al público:
- Normativa de incendios. Es una exigencia para todo establecimiento interior, ya sea público o privado. El local debe señalizar adecuadamente las salidas de emergencia y contar con extintores.
- Acústica. En función de la normativa de la zona en cuanto al ruido, todo comercio debe adaptarse acústicamente para no molestar ni irrumpir en la vida de la comunidad local.
- Accesibilidad. Las instalaciones del local deben permitir la entrada fácil y autónoma de personas con movilidad reducida (personas en sillas de rueda) o con algún tipo de discapacidad sensorial (personas ciegas) que pueda dificultar que el acceso se lleve a cabo de forma intuitiva.
- Sistemas de ventilación. Tanto la zona de elaboración de alimentos como la zona de atención al cliente deben contar con sistemas de extracción independientes que den al exterior (solo donde lo permita la comunidad de vecinos), como un extractor de humos, un sistema de ventilación y un sistema de climatización del local.
- Aseos, aunque sea únicamente uno y no se permita entrar a los clientes. Debe estar disponible para los trabajadores.